La Guardia Civil lo aclara de una vez por todas: ¿se puede conducir con chanclas? ADSLZone

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Ahora que ya estamos en el mes de julio, el calor está apretando en la gran mayoría del territorio español. Eso hace que obviamente intentemos ir lo más cómodos y ligeros de ropa posible, algo que inevitablemente afecta a nuestro calzado. Durante estos meses de calor, intentamos huir dentro de lo posible de utilizar zapatos cerrados, optando por opciones mucho más «frescas» como pueden ser las chanclas. Ir por la calle con ellas no supone ningún problema, pero, ¿lo supone si tenemos que conducir un coche?

Esta es una de las preguntas más recurrentes todos los veranos. Como veremos más adelante, el Reglamento General de Circulación no incluye ningún precepto legal que prohíba explícitamente que conduzcamos nuestros vehículos con chanclas, pero en la práctica puede que nos llevemos una sorpresa desagradable si nos «pilla» la Guardia Civil.

Conducir con chanclas sí… pero no en este caso

Como ocurre casi todos los veranos, la Guardia Civil ha querido aprovechar estas fechas en las que estamos para publicar un tweet a tono de humor sobre este tema. Tal y como puedes leer en él, conducir con chanclas no está prohibido, pero la Guardia Civil nos puede sancionar si no somos capaces de mantener una libertad de movimientos suficientes con este tipo de calzado.

En el Reglamento General de Circulación hay un artículo en concreto que habla de esta libertad de movimientos que explica este tweet de la Guardia Civil. El artículo en cuestión, que es el 18, explica lo siguiente en su apartado número 1:

El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.

Si nos fijamos en el precepto, no solo se incluirían las chanclas como calzado que puede restar movilidad al conductor mientras maneja su vehículo. Perfectamente, podríamos incluir en esta lista otros calzados como zapatos con demasiada plataforma o demasiado tacón, que también dificultarían mover los pies correctamente. Esto lo que nos lleva a entender es que lo que se sanciona no es ir con chanclas, sino una conducta que puede ser peligrosa, puesto que afecta a la seguridad de la conducción.

Tal y como apunta el artículo 18, cualquier sanción que infrinja los preceptos de dicho artículo será considerada como infracción grave, por lo que podría llevar una multa de hasta 200 euros en el caso de que la Guardia Civil entienda que nuestro calzado no nos da la suficiente movilidad. Si te gusta ir este verano con chanclas, te recomendamos que siempre lleves un calzado alternativo para cuando vayas a conducir, algo que te ahorrará más de un susto en carretera.

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Fuente obtenida de: https://www.adslzone.net/e-movilidad/noticias-en-marcha/guardia-civil-conducir-chanclas/

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Kamal Majaiti
Kamal Majaiti
Administrador de sistemas e informático por vocación.
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